La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el articulo de la ley de presupuesto que intentó blindar al Ejecutivo frente a juicios salariales. Así lo informó el ministro de la Suprema Corte de Justicia, Ricardo Pérez Manrique.
Pérez Manrique, quien cesa este miércoles 17 en su cargo al cumplir 70 años, dijo que se trata de una sentencia que corresponde a un reclamo de funcionarios del Ministerio de Salud Pública y que fue notificada esta semana.
Según explicó por medio de ese artículo el Poder Ejecutivo "se reserva de la no necesidad del pago inmediato y es para todos funcionarios públicos, no solo para los judiciales".
El artículo 733º de la ley de presupuesto estableció que los créditos contra el Estado por reclamos remuneratorios, después de ser declarados y liquidados por el Poder Judicial, no podrán cobrarse hasta que se los incluya en una nueva ley presupuestal o en alguna de las rendiciones de cuentas.
En su parte medular establece: "Tratándose de sentencias de condena (...) que obligue al pago de una cantidad líquida y exigible derivada de reclamaciones (...) el Tribunal lo comunicará al MEF en un término de 10 días hábiles, a partir de ejecutoriado el fallo liquidatorio, a los efectos que el Poder Ejecutivo efectúe las previsiones correspondientes en oportunidad de proyectar el Presupuesto Nacional o en las próximas instancias presupuestales que permitan atender el pago de la erogación resultante".