La Justicia aseguró que los maltratos se produjeron porque denunció públicamente carencias en el Instituto del Cáncer. "Las críticas públicas han sido, son y deberán serán toleradas por los gobernantes", asegura el fallo.
El Juez Letrado en lo Contencioso Administrativo de 1º Turno, Dr. Gabriel Ohanián, condenó a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) a indemnizar a una funcionaria que habría sufrido acoso laboral luego de denunciar públicamente las carencias existentes en el Instituto Nacional del Cáncer (INC).
Según surge de las actuaciones, la señora G. V. G. se desempeñaba como asistente social del INC desde 1997, donde años más tarde comenzó a ser tratada injustamente por parte de alguna de las autoridades del organismo demandado, lo que la llevó a plantear una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Uno de los motivos por los cuales la funcionaria comenzó a ser "perseguida, denostada y sancionada con vehemencia" fue la gran empatía que adquirió con los pacientes del instituto, a quienes organizó para impulsar mejoras en el servicio, informó el Poder Judicial.
En 2011, la situación del INCA trascendió a la prensa, y en una nota publicada por el diario El País titulada: "Médicos del Instituto del Cáncer declaran 'crisis institucional'" se denunciaron irregularidades por sobrefacturaciones y se le realizó una entrevista a la demandante sobre su versión de los hechos y de lo que, en su opinión, era el rumbo represivo que iba tomando el Instituto. Posteriormente, se le inició a la funcionaria una investigación administrativa.
En dicho contexto, la mujer solicitó la indemnización por los daños psicológicos, morales y económicos que padeció durante años, reporta el Poder Judicial.
En su resolución, el magistrado expresó que "la Administración no puede pretender regimentar la opinión de sus dependientes y las críticas públicas que de ellos provienen, han sido, son y deberán serán toleradas por los gobernantes". "El secretismo es ajeno por completo al sentido republicano. Que no sea del gusto de los directores del INCA el hecho de que trascienda una determinada situación interna, no les concede el derecho de sancionar a una funcionaria cercenando su libertad de expresión pretendiendo de ese modo silenciarla".
"En el Estado de Derecho cualquier funcionario puede dar opinión respecto de lo que entiende es el mal funcionamiento del servicio en que trabaja. Lo hacen los sindicatos todos los días", resolvió la Justicia.
En tal sentido, se acogió parcialmente la demanda y se condenó a ASSE a pagar por concepto de daño moral la suma de $ 1.200.000. Los demás rubros que fueron reclamados por la actora no fueron atendidos, ya que no se logró establecer con nitidez el nexo causal entre los sucesos impetrados y la venta de un auto, la hipoteca de un inmueble o la determinación de arrendar una casa en Canelones.
La denunciante había asegurado que para preservar su salud mental, por los episodios de maltrato, alquiló una casa de campo en Cuchilla de Rocha y Ruta 86, Sauce Canelones, a costo de $ 3500 mensuales, que debió hipotecar la casa que está a nombre de su hijo, con una cifra de U$S 12.000 dólares más U$S 175 de intereses por un año y medio, tuvo que dejar de pagar el liceo de su nieta San José de la Providencia, e ingresó en mora en diversas empresas crediticias que enumera por valor de U$S 4500.