El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno absolvió de forma unánime a Andrés Lima, intendente de Salto, que había sido condenado a ocho meses de prisión por un delito de difamación a través de medios de comunicación.
Lima había sido condenado a ocho meses de prisión en mayo por el juez letrado de Salto, Hugo Rundie, luego que la edila frenteamplista Dayana Añasco lo acusara de difamación. El intendente había acusado a Añasco de adulterar boletas de gastos de viáticos.
La sentencia del Tribunal de Apelaciones, publicada por el Poder Judicial, indica que la divulgación por parte de Lima de los hechos presuntamente ilegales por parte de Añasco y otros ediles involucraba información que “se puede catalogar de veraz e imparcial”.
“En efecto, había boletas de viáticos que habían sido adulteradas, a simple vista y del cotejo con las originales, y una de ellas correspondía a reintegros de gastos de la denunciante, Edil A. (Añasco) en oportunidad de un viaje a Rivera con motivos de su cargo”, indica el texto.
Se entendió que Lima “sacó a la luz pública una verdad que ya estaba en conocimiento de funcionarios y del Director de Hacienda”. Éste último había informado al intendente sobre problemas en la liquidación de viáticos con respecto a tres ediles.
También, el Tribunal planteó que la divulgación de la información no se hizo “para dañar a la denunciante ni, como dice la misma, para arbitrar una cuestión de política interna de su agrupación”, por lo que entendieron que Lima “no incurrió en ‘real malicia’”.
Además, el Tribunal rechazó de forma unánime el recurso de nulidad que había presentado la defensa de Lima, que había entendido que había irregularidades en el proceso judicial.